Rescisión de matrícula

1 Para la rescisión de la matrícula a un alumno de edad superior a la de escolarización obligatoria, deben darse alguna de las circunstancias siguientes:

a) La negativa del alumnado a suscribir el compromiso de convivencia.

b) Incumplimiento del compromiso de convivencia suscrito por el alumnado

c) Falta de aprovechamiento de sus estudios manifestada en más de 5 suspensos en una evaluación.

d) 3 Conductas Gravemente Perjudiciales para la Convivencia (CGPC) directas producidas por falta de respeto al alumnado y/o profesorado.

e) 6 CGPC producidas por acumulación de Conductas Contrarias a la Convivencia.

2 En todo caso y antes de tomar dicha decisión, se escuchará a la familia, al alumno/a, al Equipo Docente y a cuantas personas puedan aportar más información sobre la persona afectada.

 

Alternativa educativa a realizar en la expulsión del Centro

Con el alumnado que se creyera conveniente, siempre bajo la tutoría de una persona adulta, se trataría de que ese alumnado expulsado del Centro, realizase algún trabajo comunitario adecuado a su edad y a su formación, siempre en relación con algún servicio del ayuntamiento (policía municipal, jardinería, etc.) o con algún colectivo del pueblo (ayuda al vecino, club de jubilados, etc.).​​​​​​​